La Segunda Internacional y la emigración

Historia

El Congreso de Stuttgart de 1907 trató la cuestión de la emigración estableciendo una postura sobre la misma que recordamos en el presente artículo.

 

La inmigración y la emigración de los trabajadores eran consideradas por los socialistas como un fenómeno inseparable al capitalismo. Era un medio que el mismo empleaba para reducir la parte de los trabajadores en los productos del trabajo, pero además también se vinculaba con las persecuciones políticas, religiosas y de signo nacionalista.

Los socialistas estaban en desacuerdo con las medidas excepcionales que se tomaban en relación con este fenómeno, del tipo que fueran, porque consideraban que eran ineficaces y reaccionarias, especialmente si llevaban aparejadas restricciones a la libre circulación, y si generaban exclusiones en razón de la nacionalidad o “raza” de las personas.

Pero, era evidente que el internacionalismo, y en eso no podemos olvidar el origen de la Primera Internacional, no podía permitir la emigración o inmigración de trabajadores desorganizados, como esquiroles para romper los movimientos obreros de cada país, y que eran contratados por menos salarios y en peores condiciones laborales.

Así pues, para desarrollar la importancia de la solidaridad de todos los trabajadores, evitar los peligros que hemos explicado en el anterior párrafo, pero también para impedir la exclusión de personas en función de su nacionalidad o “raza”, la Segunda Internacional decidió la aprobación de un conjunto de medidas.

En primer lugar, había que impedir la emigración o inmigración de trabajadores con contratos que les impidieran disponer libremente de su fuerza de trabajo y de sus salarios.

Los trabajadores inmigrantes debían disfrutar de la protección legal en relación a tener una jornada laboral normal, sobre un salario mínimo, y acerca de otras cuestiones legales de signo laboral, especialmente si era a domicilio, además de que debían vigilarse las condiciones higiénicas de sus viviendas.

Debían suprimirse todas y cada una de las restricciones legales existentes que impedían o dificultaban el libre disfrute de los derechos políticos, sociales y económicos de trabajadores de otras “razas”, y había que dar facilidades para su naturalización, es decir, para adquirir la nacionalidad, en términos actuales.

Por su parte, los sindicatos de todos los países deberían estar obligados a permitir la afiliación de los trabajadores extranjeros, y establecer una cuota razonable para los mismos. Estas facilidades también debían darse para el traslado de una organización a otra. Todas estas cuestiones tendrían que plasmarse en una especie de reglamento o programa internacional sindical. La Segunda Internacional insistía mucho en que los sindicatos de los distintos países, emisores de emigrantes o receptores de los mismos, se pusieran de acuerdo.

En los países de emigración se hacía necesaria una activa campaña sindical, y la publicación de informes sobre la situación real de las condiciones de trabajo de los países a los que se quisiera emigrar.

La Segunda Internacional quería que se vigilasen bien las agencias de navegación, las oficinas de inmigración y las compañías ferroviarias para evitar abusos y que la emigración se organizara en beneficio de estas empresas. Por eso, se pedía una nueva reglamentación de los transportes, especialmente los marítimos. También se quería la adopción de medidas en favor de los inmigrantes a su llegada, para evitar caer en las redes de la explotación.

Hemos consultado el número 1122 de El Socialista de 6 de septiembre de 1907, donde se recogen las sesiones y resoluciones tomadas por el Congreso de Stuttgart.

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