José Gascón y Marín y el planteamiento social del conservadurismo en la Casa del Pueblo (1927)
La Mutualidad Obrera en Madrid organizó en la Casa del Pueblo en 1927 un ciclo de conferencias acerca de los seguros sociales, un ejemplo del esfuerzo de sindicalismo de signo socialista por la formación y divulgación acerca de la legislación social. Sobre el seguro concreto de invalidez iba a disertar el general Marvá, un personaje hoy poco conocido hoy pero que ocupa un lugar destacado en la historia de la previsión social en España, siendo presidente del Instituto Nacional de Previsión. Pero un problema familiar le impidió asistir, y en su lugar actuó José Gascón y Marín. Sin lugar a dudas, estaríamos ante un caso, que podríamos considerar como interesante por quien fue el conferenciante y dónde habló, constituyendo un ejemplo de la vertiente social del conservadurismo español de los primeros decenios del siglo XX, cuya figura principal fue, sin lugar a dudas, Eduardo Dato. Efectivamente, Gascón fue un destacado jurista, con distintas publicaciones sobre varios temas de Derecho, diputado conservador por Zaragoza, de donde era natural, entre 1916 y 1923, y el último ministro de Instrucción Pública de la Monarquía de Alfonso XIII, entre enero y abril de 1931. En la guerra civil sería sancionado por el Gobierno de la República, y fue uno de los juristas que elaboró el famoso dictamen con el que el franquismo intentó justificar la sublevación militar. Pues bien, Gascón y Marín habló ante los trabajadores organizados en la Casa del Pueblo en noviembre de 1927 sobre el tema indicado más arriba.
Gascón comenzó definiendo lo que eran los seguros sociales, que tendían a la previsión de los riesgos a que estaba expuesta la clase trabajadora en el ejercicio de su profesión. Podían ser de índole económica, como el paro, pero también por invalidez, generada por accidente, enfermedad y vejez.
Explicó como el concepto de caridad y la idea de hacer el bien al prójimo determinaba el hecho de la asistencia social, pero no el derecho, a cuya conquista propendía los trabajadores.
Existirían dos sistemas para luchar contra los riesgos: uno era de naturaleza preventiva y otro “represivo”. El último habría sido el más empleado durante el siglo XIX, pero con las organizaciones obreras se habría recurrido al primero, de “mutuo auxilio” (debería referirse a las Sociedades de Socorros Mutuos, las primeras organizaciones de signo obrero, aunque muchas terminaran siendo de resistencia).
Gascón recordó el inicio de la legislación social para prevenir estos riesgos en Alemania a partir de 1883, y de cómo se fue extendiendo por Europa, comenzando primero por el seguro de enfermedad y después con el de vejez, invalidez, etc.
Expuso las distintas causas determinantes de la invalidez: accidente de trabajo, enfermedad profesional o por dolencia adquirida en un corto espacio de tiempo, aunque ajena a las condiciones sanitarias de la profesión.
Según el orador el problema que más interesaba a los trabajadores no era el de la invalidez por accidente o por edad, sino aquel que se presentaba en plena vida. Así explicó cómo podía presentarse la invalidez, que unas veces era total y otras temporal, por accidente o por enfermedad. Gascón aseguraba que la enfermedad profesional no solo era accidental, puesto que podía ser consecuencia de las condiciones en que se hacía el trabajo. El accidente era fortuito y la enfermedad profesional estaba prevista y debía evitarse. Gascón también explicó el sistema general de seguros sociales, que abarcaba el subsidio de maternidad, el de enfermedad, el seguro de accidentes y el seguro de invalidez. Hizo un resumen de la legislación europea, deteniéndose especialmente en los casos checoslovaco y británico. Ya para el caso español expuso que el seguro de accidentes no era obligatorio, admitiéndose el pago de una renta, pero sin que existiera una institución que asegurase a los obreros la percepción de la ayuda. Esa falta de una institución era la causa de que se cometiesen muchas injusticias. Curiosamente, Chacón exponía un ejemplo de lo que explicaba, que nos llama la atención, aunque, por otro lado, podría parecer normal dada su posición ideológica. Citaba el caso de obreros que trabajaban en un taller, y que rendían beneficios a los industriales, y cuando pasado un tiempo entraban en otro taller y sufrían un accidente, la responsabilidad del mismo recaía enteramente en el nuevo patrono, que había utilizado los servicios de esos obreros durante muy poco tiempo. Y eso, en su perspectiva no era justo. Pero en su exposición no planteaba las posibles injusticias que pudieran padecer los trabajadores por posibles negativas a cotizar los patronos.
Explicó, a continuación que el principio del riesgo exigía el concepto del seguro, pero en España, siempre según su opinión, no se había hecho nada serio en ese sentido, porque no se había legislado. A lo sumo solamente la Conferencia de Barcelona de 1922, con sus conclusiones de carácter social, enumeraba y comentaba la cuestión.
En todo caso, también es cierto que Gascón se mostró partidario de la obligatoriedad de los seguros sociales porque consideraba que muchas veces la libertad individual era desidia e incomprensión de algunos, traduciéndose en daño para los demás. El riesgo de la enfermedad era un problema que debía preocupar tanto a patronos como a trabajadores. Terminó explicando cómo funcionaban las indemnizaciones, así como el funcionamiento económico de la institución que se creía para atender este servicio, que debería ser público, descentralizado e independiente.
Por fin, fiel a sus planteamientos ideológicos, consideraba que la cuestión de los seguros sociales no era de lucha, sino un problema social, de solidaridad y de justicia.
Hemos consultado el número 5858 de El Socialista, de 17 de noviembre de 1921. Sobre Gascón y Marín podemos acudir en la red al Diccionario de la Real Academia de la Historia.
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