La Agrupación Socialista Madrileña ante las elecciones a Cortes Constituyentes de junio de 1931. Tercera y última Parte
Después de la intensa discusión sobre el poder legislativo se siguieron tratando los distintos puntos de las Bases.
En primer lugar, se aprobó que la mayoría de edad debía establecerse en los 21 años, aunque podría darse libertad a los delegados en el Congreso.
Sobre la enseñanza un militante preguntó qué ocurría si el país se organizaba como una República federal. Besteiro reconoció que sería competencia de cada región, aunque esperaba que no se llegara a tal extremo.
La cuestión de la confesionalidad de la enseñanza no podía dejar de estar presente. En este sentido, un afiliado defendió que no se permitiera el ejercicio de la misma por parte de organizaciones confesionales, siendo competencia exclusiva del Estado. Besteiro estuvo de acuerdo con la primera parte de la propuesta, pero no con la segunda. Así fue aprobado.
El doctor García de la Serrana propuso que no solo se facilitase la enseñanza gratuita a los agricultores, sino que también se gratificara a los padres para que pudieran atender los gastos que generase la enseñanza de sus hijos. Pero el Comité no aceptó esta enmienda, y fue retirada por su defensor.
Sobre la cuestión del presupuesto eclesiástico habría que destacar la posición de Indalecio Prieto que calificó de simples la propuesta del Comité, así como una enmienda presentada. Para Prieto, la Iglesia libre era muy poderosa frente a un Estado como el español, que consideraba muy débil, por lo que siempre vencería. En consecuencia, le parecía muy peligrosa la separación entre el Estado y la Iglesia. Por eso defendía la subordinación de la segunda ante el primero. La Iglesia no debía tener privilegios. Dentro de sus templos debía disfrutar de la misma libertad para defender sus ideales, pero, insistió en esa subordinación como tenían las distintas organizaciones. Prieto explicó que, en realidad, la Constitución de 1876 no obligaba a nadie a bautizar o casarse ante el altar. Si se hacía no era por acatamiento a un espíritu religioso, en contra de lo que se creía en el extranjero, sino por sometimiento al poder religioso. La desgracia de España había sido no contar con otra confesión que hubiera contenido los abusos clericales.
Besteiro explicó que si se hacía a la Iglesia regirse por la Ley de Asociaciones nombraría a sus obispos como los socialistas nombraban a sus dirigentes. Prefería que estuviera “atada y pendiente del Gobierno y de las Cámaras”, que controlarían sus actas y cotizaciones. La Iglesia no podía estar sujeta a las mismas condiciones que el resto de organizaciones porque conseguía sus fondos a través del confesionario. Por otro lado, aludió a que había países europeos en los que el Estado cobraba los tributos de varias religiones, y en el momento en el que un ciudadano se niega a pagarlos, no le obliga a hacerlo. Este método sería el mejor, siempre según Besteiro, para terminar con la leyenda de que España era un país religioso.
Prieto volvió a tomar la palabra para insistir en que había que evitar todas las extralimitaciones que pudiera cometer la Iglesia, por lo que la propuesta del Comité era algo muy secundario. Aunque el presupuesto del Culto ascendía a una suma considerable solamente era una gota de agua. Si la República acordaba, como no podía dejar de hacerlo, separar la Iglesia del Estado, indudablemente desaparecería automáticamente la consignación presupuestaria. Y por eso era necesario que la misma función vigilante del Estado con respecto a las distintas organizaciones fuera ejerciera también con la Iglesia. El clero no podía disfrutar de ningún privilegio.
Besteiro expresó que si el Comité había presentado esta proposición era para suscitar debate con el fin de sacar una conclusión más firme, y admitía la fórmula de Prieto, pidiéndole que la concretase. Así lo hizo Prieto de la siguiente manera:
“En el orden religioso, el Estado, separado de todas las Iglesias, mantendrá una pauta de igualdad, sin preferencias para ninguna, en el ejercicio de los respectivos cultos, y las Iglesias todas vivirán subordinadas a él mediante el escrupuloso cumplimiento de las leyes que se dicten con objeto de asegurar la soberanía del Estado y la plena libertad de conciencia»
La asamblea aprobó por unanimidad dicha propuesta.
Sobre la elección del presidente de la República, Besteiro no era partidario de una elección directa por sufragio universal porque eso le daría mucho poder. Álvarez Angulo, en cambio, presentó una enmienda en sentido contrario. Pero su propuesta fue derrotada en votación.
El siguiente punto a discutir tenía que ver con la autonomía de Cataluña. Andrés Ovejero recordó que hacía diez años la Agrupación hizo suya una proposición de los socialistas catalanes que defendía la Federación de nacionalidades republicanas de España, por lo que estaba seguro que había que seguir defendiendo la idea. Andrés Sánchez creía que el Partido debía defender la autonomía, pero no la nacionalidad. La propuesta del Comité fue aprobada por gran mayoría.
En relación con las medidas que debía tomar el Gobierno para resolver los problemas más graves y perentorios de España, lo que más suscitó debate fue la cuestión de la estabilización de la peseta, aunque terminó siendo aprobada. Los demás puntos también fueron aprobados.
Al final, Ovejero defendió la cuestión del divorcio, y fue aprobada.
Hemos trabajado para estos tres artículos con los números 6963 y 6964 de El Socialista. También podemos acudir, en relación con este tema, a las siguientes piezas de este autor, “Los socialistas y el Anteproyecto Constitucional en 1931”, en Nueva Tribuna (junio de 2017), “Los socialistas y el Senado en 1931”, en Andalán (diciembre de 2018), y, por fin, “Los socialistas en una hora de España en el verano de 1931”, en El Obrero (mayo de 2019).