Los precedentes de la OIT. Tercera y última parte

Historia

Finalizamos esta serie de artículos sobre los precedentes de la OIT, siguiendo a Albert Thomas y otros materiales.

 

Nuestro guía nos explicaba que el estallido de la Gran Guerra no interrumpió totalmente las reuniones de los trabajadores organizados ni el espíritu internacionalista en relación con la legislación laboral. En este sentido, la American Federation of Labor de Estados Unidos en septiembre o noviembre, según nuestra otra fuente, de 1914 aprobó un manifiesto en un Congreso celebrado en Filadelfia en el que se reivindicaba el derecho de los trabajadores a participar en las deliberaciones de la paz.

Además, en 1916 se celebró en Leeds un Congreso de los sindicatos de los países aliados, Reino Unido, Francia, Bélgica e Italia. En el mismo destacó la figura de Léon Jouhaux, que sería luego representante de los trabajadores en la OIT, y obtendría el Nobel de la Paz en 1951. La reunión de Leeds aprobó que en el tratado de paz se debían establecer garantías para los trabajadores, en relación con la jornada laboral, la seguridad social y la seguridad en el trabajo. También aprobó una resolución para que se crease una comisión internacional con el fin de vigilar el cumplimiento de dichas disposiciones, y para organizar futuras conferencias internacionales donde se profundizaría en la legislación laboral. Por fin, abogó para crear una oficina internacional del trabajo. Mientras tanto los sindicatos alemanes, austriacos y búlgaros se reunieron en Estocolmo y Berna con representantes sindicales de países neutrales, planteando ideas parecidas a las que se habían aprobado en Leeds. Es importante, por lo tanto, resaltar como los sindicatos de ambos bandos defendían básicamente lo mismo; seguramente fueron las únicas organizaciones destacadas con más puntos en común entre los contendientes, manteniendo, en nuestra opinión vivo, en cierto modo, el espíritu internacionalista, mejor que los propios partidos socialistas.

En febrero y septiembre de 1918, a punto de terminar el conflicto, se celebraron sendas conferencias en Londres, que reunieron a las organizaciones sindicales de los aliados a instancias del Partido Laborista y de los Trade Unions. De ahí salió claramente la exigencia de que los trabajadores debían tener derecho a estar representados en la conferencia de paz, pero, además, que debía celebrarse una conferencia mundial del mundo del trabajo. La American Federation of Labor, que había ganado un evidente peso desde que Estados Unidos había entrado en el conflicto, aportó varias cuestiones importantes relativas a que los principios relacionados con el trabajo debían estar incluidos en el tratado de paz.

Thomas hablaba de la facilidad con la que se llegó a un acuerdo y cómo se reivindicó ya claramente la creación de la OIT por una Comisión permanente con encargo de convocar conferencias, como un parlamento obrero internacional que tendría el poder de adoptar resoluciones con fuerza de ley. Esa Comisión de Legislación Internacional del Trabajo fue creada por la Conferencia de Paz nada más ponerse en marcha. Tenía como misión formular propuestas para ser incluidas en el Tratado de Paz. Su composición fue tripartita: gobiernos, empresarios y sindicatos. Los representantes obreros fueron Samuel Gompers (Estados Unidos), que presidió la Comisión, el belga Emile Vandervelde, George Banners (Reino Unido) y el francés Léon Jouhaux. En realidad, los sindicatos, como hemos visto en guerra, había deseado celebrar una conferencia internacional aparte para actuar como grupo de presión, pero no desaprovecharon la ocasión para procurar cuantos avances pudieran en la Comisión.

La misma creó la Carta del Trabajo, como documento para orientar la actuación de los gobiernos y de la OIT cuando se constituyese formalmente:

- no se debe considerar la mano de obra meramente como un producto o un artículo de comercio.

- reconocimiento del derecho de asociación.

- pago de un salario adecuado, que permita un nivel de vida aceptable.

- jornada de ocho horas o semana de cuarenta y ocho horas.

- descanso semanal de veinticuatro horas como mínimo.

- abolición del trabajo infantil.

- igualdad de remuneración por el mismo trabajo

- trato económico equitativo de todos los trabajadores del país, tanto de los nacionales como de los inmigrantes.

- sistema de inspección, para velar por el cumplimiento de leyes relativas a la protección de los trabajadores.

Es importante destacar que no todo fue tan fácil como, en principio, pudiera parecernos o como vimos exponer a Thomas. Hubo muchos desacuerdos internos en la Comisión y, aunque pudiera parecer que se pudieran dar entre los representantes sindicales con los patronales o gubernamentales, fueron frecuentes entre los propios sindicalistas. Además, se dudó mucho sobre si la OIT sería útil o no. El camino fue muy complicado.

Al final, las recomendaciones de la Comisión se incluyeron en el Título XIII del Tratado de Versalles, y en ese momento se constituyó la OIT. La primera reunión de la misma tuvo lugar en Washington en octubre del año 1919.

Hemos trabajado con el número 6656 de El Socialista, y con un sugestivo aporte bibliográfico, que podemos encontrar en la red, y que ha publicado la OIT, titulado, Los sindicatos y la OIT. Manual de educación obrera, de la Biblioteca Jurídica Virtual, del año 1979, con segunda edición de 1982. Por otro lado, el lector interesado puede consultar digitalmente el Memorándum dirigido a los gobiernos de los países industriales, en el que expone la necesidad de redactar una ley internacional que regule el trabajo en las fábricas, como solución a los problemas sociales de la clase obrera, y que se conserva en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid, aunque pertenece al Archivo Donoso Cortés. El texto está en francés.

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