La asistencia social del Sindicato Metalúrgico “El Baluarte” de Madrid en los años veinte

Historia

Los metalúrgicos madrileños formaron su Sindicato “El Baluarte” en enero de 1919, fruto de la unión de varias organizaciones previas de este ramo productivo, es decir, las Secciones de Obreros del hierro, los Broncistas, Modelistas y Moldeadores en hierro y Moldeadores en metal. Esta unión fue fruto de la propia evolución de este sector industrial que tendía a concentrarse.

El Sindicato pasó por momentos complicados en sus inicios, con huelgas largas y divisiones, pero fue estabilizándose. A finales de 1927 contaba con 3.708 cotizantes, aunque había tenido más en la época más complicada, pero también es cierto que en esos primeros años veinte la membresía fluctuó, entrando y saliendo del mismo muchos trabajadores. El Sindicato tenía, por lo tanto, un buen nivel de representatividad en el sector en la capital madrileña, ya que podía aglutinar al 60% de los trabajadores metalúrgicos. En todo caso, sabemos que en tiempos de la República se llegaría alcanzar más de siete mil afiliados, siendo uno de los tres Sindicatos de la UGT más potentes en Madrid.

Los oficiales pagaban una cuota semanal de una peseta, frente a los aprendices, que constituía la mitad. En caso de enfermedad o paro se rebajaba la cuota a 50 y 25 céntimos respectivamente.

Las cuotas se dividían en dos partes: una iba destinada la Sección de Resistencia (administración, propaganda y cotización a la Federación Nacional), y la otra para la Sección de Socorros, que se creó nada más fundarse el Sindicato. Y esta es la parte que nos interesa en este artículo, la asistencia social promovida por el mismo, como un ejemplo de lo que los sindicatos organizaron como un sistema paralelo, cuando no sustitutivo de seguridad social. Por otro lado, conviene recordar que este Sindicato desempeñó también un papel primordial en la enseñanza profesional, al crear una Escuela de aprendices.

La Sección de Socorros se creó con el objetivo de practicar la asistencia social entre los miembros del Sindicato por los siguientes conceptos: accidente laboral, enfermedad, maternidad, baños, defunción, “inutilidad” y pensiones vitalicias (existía un reglamento).

La Sección estaba dirigida por un Comité compuesto por siete sindicalistas, que eran elegidos por la Junta General del Sindicato al mismo tiempo y de la misma forma que se elegía al Comité, debiendo rendir cuenta de su gestión y de los fondos a la Junta.

Los derechos de los asociados eran los siguientes:

-En caso de enfermedad que imposibilitase al asociado poder seguir trabajando, se cobraría un subsidio de tres pesetas y cincuenta céntimos por día, por el tiempo de dos meses.

-En caso de accidente laboral, que imposibilitase al asociado seguir trabajando, se percibiría una peseta diaria durante sesenta días.

-Si como consecuencia de una enfermedad el médico del Sindicato estimara que el asociado necesitaba recibir baños, se le indemnizaría con cincuenta pesetas y el subsidio correspondiente.

-En caso de defunción del asociado se entregarían cien pesetas a la viuda o hijos.

-A las asociadas se les asistía con veinticinco pesetas en caso de alumbramiento.

-En los casos de “inutilidad” total o parcial por enfermedad o accidente se estipulaban tres casos. Si la “inutilidad” era parcial en ambos casos se abonarían cien pesetas al asociado; en caso de ser total, serían trescientas pesetas por accidente y quinientas pesetas por enfermedad.

-La pensión vitalicia estaba estipulada en tres pesetas diarias.

En nueve años de funcionamiento del Sindicato se habían recaudado 519.000 pesetas en concepto de socorros, y se habían gastado 436.000 pesetas, por lo que el presupuesto parecía ajustado a la altura de 1928.

En 1927 se planteó por parte del Comité la posibilidad de establecer un subsidio de paro para los afiliados, proponiendo la elevación de la cotización para que los parados pudieran recibir tres pesetas diarias (se trataba de pasar de 75 céntimos a 1’25 pesetas). Pero no salió adelante. En la Asamblea se aprobó una parte del aumento de la cotización (a 1 peseta), pero se rechazó el subsidio. El Sindicato parecía dividido en este tema. Los defensores de establecer el subsidio argumentaban que el Gobierno subvencionaba a los sindicatos que lo tenían. En todo caso, los sindicalistas metalúrgicos deseaban, como todos los sindicalistas, que el Estado estableciera estos subsidios de forma general.

Hemos consultado el número 5924 de El Socialista, y el trabajo de Santos Juliá, “La UGT de Madrid en los años treinta: un sindicalismo de gestión”, REIS, nº 20, pp. 121-151 (en la red).

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