La Real Orden de 24 de junio de 1824: la lucha contra el ludismo
En la Historia del ludismo en España la Real Orden de 24 de junio de 1824, publicada en la Gazeta del día 12 de agosto tiene una gran importancia porque plantea la política a seguir en relación con este fenómeno primigenio del moderno movimiento obrero.
La Real Orden, firmada por el ministro Luis López Ballesteros, se emitió a raíz de los hechos acontecidos en Camprodón donde se destrozaron máquinas textiles y se llegó a procesar a varios acusados. Al parecer, dicha disposición se tomó a instancia de Miguela Lacot, fabricante de paños y bayetas de dicha localidad catalana, donde informaba al Gobierno de cómo una multitud había desmontado las máquinas de hilar y cardar de sus fábricas. Había perdonado a los causantes, pero solicitaba que se impusiese “la más estricta responsabilidad á las autoridades del país” para que no se repitiesen dichos excesos. La Real Orden, además, aludía a hechos similares acontecidos en Alcoy, Segovia y otras localidades. Según el texto, los jornaleros habían antepuesto sus intereses a la utilidad pública, recordando que no se podía obligar a los fabricantes a emplear otros trabajadores que los necesarios, proporcionándoles las máquinas el ahorro y la “perfección” que no lograban con ellos, es decir, se acusaba a los obreros y se justificaba la introducción de maquinaria.
Pero, a pesar de lo expuesto anteriormente, Fernando VII exigió a las Justicias y al Ayuntamiento de dicha localidad, así como a las autoridades de la provincia, noticia de lo que habían hecho para reprimir y castigar a los responsables. Además, se ordenaba que al menor movimiento que se observase acerca de una posible repetición de los hechos acontecidos se empleasen los medios que las leyes establecían, es decir, se ordenaba una actuación rápida y contundente.
Pero también es cierto que la Real Orden introducía una especie de principio pedagógico en relación con el empleo de las máquinas. Las autoridades municipales debían convocar a los parados (“cesantes”) y familiares de los mismos, en grupos reducidos, para instruirles sobre los beneficios que traía el empleo de las máquinas, con advertencias, eso sí, de que se tomarían medidas drásticas si se repetían las destrucciones de las mismas.
La Real Orden también pedía el concurso de los párrocos para que predicasen y evitasen la repetición de los tumultos.
Por fin, se ponía a la fuerza armada en aviso sobre la importancia de custodiar las fábricas.
La última medida que se tomaba con esta disposición tenía que ver con la necesidad de que los parados fueran ocupados en obras públicas y en otros trabajos análogos.
En conclusión, el Gobierno de Fernando VII, y seguramente por influencia de López Ballesteros, sin duda el ministro más capaz de esta etapa del reinado, pretendía, por un lado, reprimir nuevos episodios de ludismo, pero también era consciente de la necesidad de que se informase a los trabajadores sobre los beneficios y la necesidad de la introducción de la maquinaria en las fábricas y talleres, además de intentar paliar el paro.
Hemos consultado la disposición en Sáiz González, J. Patricio, Legislación histórica sobre propiedad industrial. España (1749-1929), Oficina Española de Patentes y Marcas, Madrid, 1996, página 39.
Por otro lado, es muy conveniente la consulta de estas dos obras:
Giralt, C. Balcells, A. y Termes. J., Los movimientos sociales en Cataluña, Valencia y Baleares, Barcelona, 1970, pág. 42.
Alarcón Caracuel, Manuel R., El derecho de asociación obrera en España (1839-1900), Madrid, 1975, pág. 76.