Los precedentes de la OIT. Segunda Parte
En esta segunda parte seguimos estudiando los precedentes de la Organización Internacional del Trabajo, guiados por Albert Thomas, y aportando más materiales para el tránsito entre los siglos XIX y XX hasta el estallido de la Primera Guerra Mundial.
El siguiente hito fundamental en la historia previa a la creación de la OIT tiene que ver con el Congreso Internacional sobre la Protección de los Trabajadores de agosto de 1897, celebrado en Zurich. Thomas alude a que fue una reunión de socialistas y católicos, pero nuestra otra fuente alude solamente a organizaciones cristianas. Al parecer, dicho Congreso instó al gobierno suizo para que reemprendiera sus esfuerzos en favor de la legislación laboral internacional y para crear esa oficina, u organismo internacional del trabajo.
Thomas no alude a que en septiembre de ese mismo año en Bruselas se celebró otra conferencia para analizar los resultados de la Conferencia de Berlín, que estudiamos en el artículo anterior, y que trató de la oficina u organismo internacional. Allí hubo intelectuales y parlamentarios, destacándose la figura del profesor belga en Lieja Ernest Mahaim, y que luego tendría un papel importante en la OIT, además de ser ministro en su país a comienzos de los años veinte.
La consecuencia de la Conferencia de Bruselas fue la constitución de un comité para que estudiara la formación de la citada oficina. En París hubo una reunión en el verano de 1900 que fraguó en la Asociación Internacional de Legislación del Trabajo. El artículo que resumía la conferencia de Thomas alude a que fue en el Congreso de Bruselas en ese año. Sí coinciden nuestras fuentes en que en 1901 Basilea se ofreció para ser la sede, y el primero de mayo, fecha significativa, nació oficialmente la primera oficina internacional del trabajo, momento que sí recoge claramente nuestro conferenciante, y que pasó a llamarse oficialmente, como hemos visto, es decir, Asociación Internacional de Legislación del Trabajo.
Hay que tener en cuenta que esta Asociación no era una organización formada por gobiernos, sino por asociaciones nacionales para promover la legislación laboral. Eso sí, los gobiernos que aceptase este objetivo podían estar representados en el comité internacional. Thomas explicaba que la sección o asociación nacional francesa se reunía en el Museo Social, una institución que se fundó en 1894, y que se convertiría en un verdadero laboratorio de estudio para asuntos sociales, como la vivienda y la planificación urbanística, así como para el mundo laboral. Thomas aludió a que en la organización nacional francesa no colaboraba la CGT, aunque sí algunos de sus miembros más reformistas, como Keufer, Coupat y Briat. Además, estaban el propio Thomas, el conde de Mun, el abate Lemire, Breton, Groussier y Vaillant.
Sabemos que los gobiernos francés, italiano, neerlandés y suizo estuvieron desde los inicios, y luego se fueron incorporando más ejecutivos, llegando a ser veintidós en vísperas del estallido de la Gran Guerra. Thomas alude a dos Conferencias, en 1905 y en 1906. La primera la definiría como técnica, y la segunda como diplomática. A modo de curiosidad habría que decir que España estuvo representada en ambas. Y tiene razón Thomas en esta clasificación, al menos para la segunda, porque sabemos que en ella se adoptaron dos tratados internacionales, uno sobre la prohibición del empleo del fósforo blanco en la fabricación de cerillas, y otro que reglamentaba el trabajo nocturno de la mujer.
En 1913 se convocó una tercera Conferencia con el fin de preparar nuevos convenios: la reglamentación de la jornada laboral de mujeres y niños, y para prohibir el trabajo nocturno de los niños, pero estalló la Gran Guerra.
Hemos trabajado con el número 6656 de El Socialista, y con un sugestivo aporte bibliográfico, que podemos encontrar en la red, y que ha publicado la OIT, titulado, Los sindicatos y la OIT. Manual de educación obrera, de la Biblioteca Jurídica Virtual, del año 1979, con segunda edición de 1982. Por otro lado, el lector interesado puede consultar digitalmente el Memorándum dirigido a los gobiernos de los países industriales, en el que expone la necesidad de redactar una ley internacional que regule el trabajo en las fábricas, como solución a los problemas sociales de la clase obrera, y que se conserva en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid, aunque pertenece al Archivo Donoso Cortés. El texto está en francés.